Cheque bebé del Ayuntamiento de Madrid 2026-2027: de 500 a 1.000 € por nacimiento o adopción
El Ayuntamiento de Madrid da un pago único de 500 € por el primer hijo, 750 € por el segundo y 1.000 € por el tercero y siguientes, nacidos o adoptados (hasta 5 años) entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
✓ Verificación documental registrada el . Consulta siempre la fuente oficial antes de solicitar.
- Estado
- Plazo abierto
- Plazo
- Dos meses desde el día siguiente al nacimiento o adopción. Para nacimientos o adopciones entre el 1 de septiembre de 2026 y la publicación de la convocatoria (26 de octubre de 2026), los dos meses cuentan desde el día siguiente a la publicación. Convocatoria abierta hasta el 31 de diciembre de 2027.
- Ámbito
- Comunidad de Madrid
- Tipo
- Ayuda económica
- Organismo
- La administración responsable
- Fecha editorial
- 29 de octubre de 2026
¿Qué es?
El Ayuntamiento de Madrid da un pago único de 500 € por el primer hijo, 750 € por el segundo y 1.000 € por el tercero y siguientes, nacidos o adoptados (hasta 5 años) entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. Hay que llevar empadronado en la ciudad de Madrid los 5 años seguidos anteriores al nacimiento. No hay límite de ingresos. Se pide en los 2 meses siguientes al nacimiento; si nació entre el 1 de septiembre y el 26 de octubre de 2026, el plazo cuenta desde la publicación (BOCM del 26 de octubre).
Esta ficha resume la información pública de la administración responsable en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.
¿Cuánto se cobra?
- Pago único por cada hijo nacido o adoptado: 500 € si es el primero, 750 € si es el segundo y 1.000 € si es el tercero o siguientes.
- En un parto múltiple se presenta una solicitud por cada bebé.
- Dinero disponible: 4.665.000 € para 2026 y 10.736.777 € para 2027, ampliable en 5 millones más. Se concede a todas las solicitudes correctas que cumplan los requisitos.
Ejemplo: Una pareja empadronada en Madrid capital desde 2019 tiene su segundo hijo el 15 de septiembre de 2026. Como nació antes de que se publicara la convocatoria (26 de octubre), sus dos meses para pedirla empiezan a contar el 27 de octubre, así que tienen hasta el 26 de diciembre de 2026. Les corresponden 750 €. Si en marzo de 2027 nace un bebé que es el tercer hijo de otra familia, ésta tiene hasta mayo de 2027 para pedir 1.000 €.
Plazos
- Regla general: dos meses a contar desde el día siguiente al nacimiento o la adopción.
- Bebés nacidos o adoptados entre el 1 de septiembre y el 26 de octubre de 2026: los dos meses cuentan desde el 27 de octubre de 2026, día siguiente a la publicación en el BOCM, así que el plazo acaba hacia el 26 de diciembre de 2026.
- La convocatoria cubre nacimientos y adopciones hasta el 31 de diciembre de 2027.
- Ojo, la convocatoria anterior (nacimientos del 1 de junio de 2025 al 31 de agosto de 2026) cierra el 3 de noviembre de 2026: si tu bebé nació en esas fechas y aún no la has pedido, tienes que hacerlo por aquella convocatoria.
Requisitos principales
- Ser español o extranjero con residencia legal en España.
- Haber tenido un hijo (o varios en parto múltiple) o haber adoptado a un menor de hasta 5 años, a partir del 1 de septiembre de 2026.
- Que la persona que lo pide lleve empadronada en el municipio de Madrid los últimos 5 años seguidos, justo antes del nacimiento o la adopción. Vale el padre o la madre: el que cumpla ese requisito.
- No estar privado total o parcialmente de la patria potestad de tus hijos ni condenado por sentencia firme por un delito contra alguien con quien tuvieras relación de afectividad.
- No hace falta estar al corriente con Hacienda ni con la Seguridad Social: la convocatoria lo exime expresamente.
- No hay límite de ingresos ni de edad de los padres.
Resumen orientativo. Los requisitos completos y sus excepciones están en la normativa y en la ficha oficial.
¿A quién puede interesar?
- Familias con hijos o menores a cargo
Es una ayuda de Comunidad de Madrid: normalmente exige residir o estar empadronado allí. No podemos confirmar si cumples los requisitos: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.
Cómo solicitarla paso a paso
- Comprueba que llevas 5 años seguidos empadronado en Madrid capital antes del nacimiento (lo ves en el certificado de empadronamiento histórico).
- Entra en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, trámite «Subvenciones por nacimiento o adopción 2026-2027», y pulsa «Tramitar en línea». Necesitas certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Rellena una solicitud por cada hijo, indica tu cuenta bancaria y marca las declaraciones responsables. Autoriza las consultas para no tener que adjuntar papeles.
- Si no tienes identificación digital, descarga el modelo y preséntalo en una oficina de registro municipal (sin cita) o en una Oficina de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid (con cita previa).
- Solo uno de los progenitores debe pedirla: si la piden los dos y ambos están empadronados con el bebé, tendrán que renunciar a una o se archivarán las dos.
- Vigila el BOAM y la sede: los requerimientos para corregir errores se publican allí y hay 10 días hábiles para responder.
Documentación de esta convocatoria
- Solicitud en el modelo oficial (en línea o impreso de la sede).
- Solo si no autorizas que el Ayuntamiento lo consulte: DNI/NIE, certificado de residencia legal (personas extranjeras), certificado registral individual del bebé o libro de familia, y certificado familiar de empadronamiento con código seguro de verificación.
- En adopciones: la resolución judicial de adopción.
- Las dos declaraciones responsables (patria potestad y prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones), que basta con marcar en la solicitud.
- El número de cuenta bancaria donde quieres cobrar.
Resumen basado en la ficha oficial consultada. La administración puede solicitar documentos adicionales según el caso.
Resolución y pago
Resolución: Hay cuatro resoluciones: las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2026 se resuelven en el primer cuatrimestre de 2027; las de enero a abril de 2027, en el segundo cuatrimestre de 2027; las de mayo a agosto de 2027, en el tercer cuatrimestre de 2027; y las de septiembre de 2027 al 29 de febrero de 2028, en el primer cuatrimestre de 2028. Las resoluciones se publican en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Pago: Pago único por transferencia a la cuenta que indiques en la solicitud, a través de una entidad colaboradora del Ayuntamiento, tras comprobar los requisitos.
Compatibilidades e incompatibilidades
- Compatible con otras ayudas por la misma finalidad de otras administraciones o entidades, por ejemplo la ayuda de 500 € al mes de la Comunidad de Madrid para madres menores de 30 años si cumples sus requisitos, o la deducción por maternidad.
Obligaciones si te la conceden
- Que los datos sean ciertos: falsear u ocultar datos obliga a devolver la ayuda con intereses.
- Si cambias de cuenta bancaria, comunicarlo por registro, firmado por ti, antes de que se ordene el pago.
Si te la deniegan o te piden devolverla
Las resoluciones ponen fin a la vía administrativa: cabe recurso potestativo de reposición en un mes ante el Delegado del Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, o recurso contencioso-administrativo en dos meses.
Modelos de escritos: alegaciones, recurso y reclamación previa
Normativa y enlaces oficiales
- Decreto de 22 de octubre de 2026 por el que se aprueba la convocatoria (BOAM nº 10.241, 26/10/2026)
- Trámite oficial 2026-2027 en la sede del Ayuntamiento de Madrid
- Convocatoria anterior 2025-2026 (nacimientos hasta el 31/08/2026, cierra el 03/11/2026)
- Guía oficial para hacer la solicitud (PDF)
Consejos útiles
- Pídela en cuanto tengas el certificado registral del bebé: el plazo es de solo dos meses.
- Si tu bebé nació entre junio de 2025 y agosto de 2026, corre: esa convocatoria cierra el 3 de noviembre de 2026.
- Revisa también la ayuda de la Comunidad de Madrid de 500 € al mes y la deducción por maternidad: son compatibles.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Pedirla por la convocatoria equivocada según la fecha de nacimiento.
- Presentar la solicitud los dos progenitores a la vez.
- No cumplir los 5 años seguidos de padrón en Madrid capital: el padrón en otro municipio de la Comunidad no vale.
Antes de enviar la solicitud
- Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
- Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
- Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
- Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Hay límite de ingresos?
No. La convocatoria del Ayuntamiento no fija límite de renta. Algunas noticias lo han confundido con la ayuda de la Comunidad de Madrid, que sí tiene límite de ingresos y de edad.
¿Cuánto cobro si es mi primer hijo?
500 €. Por el segundo, 750 €, y por el tercero y siguientes, 1.000 €.
Mi bebé nació en septiembre, ¿llego a tiempo?
Sí. Para nacimientos entre el 1 de septiembre y el 26 de octubre de 2026, los dos meses cuentan desde el 27 de octubre: tienes hasta finales de diciembre de 2026.
Vivo en Getafe, ¿puedo pedirla?
No. Es una ayuda del Ayuntamiento de Madrid y exige 5 años de padrón en la ciudad de Madrid.
¿Cuándo cobraré?
Si la pides antes del 31 de diciembre de 2026, se resuelve en el primer cuatrimestre de 2027 y después se paga por transferencia.
¿Quién puede pedir Cheque bebé del Ayuntamiento de Madrid 2026-2027: de 500 a 1.000 € por nacimiento o adopción?
Podría interesar a familias con hijos o menores a cargo. Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija la administración responsable. Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.
¿Dónde se solicita?
En los canales oficiales de la administración responsable (sede.madrid.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente: la solicitud oficial es gratuita y se presenta siempre ante el organismo.
¿Está abierto el plazo?
A fecha de 29 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». Plazo indicado: Dos meses desde el día siguiente al nacimiento o adopción. Para nacimientos o adopciones entre el 1 de septiembre de 2026 y la publicación de la convocatoria (26 de octubre de 2026), los dos meses cuentan desde el día siguiente a la publicación. Convocatoria abierta hasta el 31 de diciembre de 2027.. La información se revisó el 29 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.
¿Qué documentos necesito?
Suelen pedirse, entre otros: dni o nie de la persona solicitante y, si se pide, de quienes conviven; libro de familia o documento que acredite la filiación o la convivencia; certificado de empadronamiento, individual o colectivo, si la ayuda lo exige. La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.