Ayudas de la Junta de Andalucía para escuelas infantiles de 0 a 3 años 2026-2027
La Junta de Andalucía bonifica la cuota de las escuelas infantiles y centros de 0 a 3 años adheridos al programa de ayuda a las familias, según la renta per cápita: desde el 100 % (gratis) para rentas de hasta 0,5 IPREM (4.199,99 € por persona) o familias monoparentales de hasta 0,75 IPREM, hasta el 13,04 % de la atención socioeducativa en la renta más alta.
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- Estado
- Plazo abierto
- Plazo
- Seis plazos en el curso 2026-2027: 7 de abril a 6 de mayo de 2026; 1 de septiembre a 31 de octubre de 2026; 1 de noviembre a 31 de diciembre de 2026; 1 de enero a 28 de febrero de 2027; 1 de marzo a 30 de abril de 2027, y 1 de mayo a 30 de junio de 2027. Fuera de plazo se inadmite.
- Ámbito
- Andalucía
- Tipo
- Ayuda económica
- Organismo
- La Junta de Andalucía
- Fecha editorial
- 29 de octubre de 2026
¿Qué es?
La Junta de Andalucía bonifica la cuota de las escuelas infantiles y centros de 0 a 3 años adheridos al programa de ayuda a las familias, según la renta per cápita: desde el 100 % (gratis) para rentas de hasta 0,5 IPREM (4.199,99 € por persona) o familias monoparentales de hasta 0,75 IPREM, hasta el 13,04 % de la atención socioeducativa en la renta más alta. Hay rebajas por segundo y tercer hermano y la cuarta plaza es gratis. Se pide en el propio centro o por la Secretaría Virtual. El segundo plazo del curso 2026-2027 termina el 31 de octubre de 2026 y el tercero va del 1 de noviembre al 31 de diciembre.
Esta ficha resume la información pública de la Junta de Andalucía en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.
¿Cuánto se cobra?
- Es una bonificación del precio mensual que pagas al centro; la Junta paga el resto directamente al centro.
- Gratis (100 % de atención socioeducativa y comedor) para rentas per cápita de hasta 0,5 IPREM (4.199,99 €), familias monoparentales por debajo de 0,75 IPREM (6.299,99 €), circunstancias sociofamiliares graves, víctimas de terrorismo e hijos de víctimas de violencia de género.
- Primer curso (niños de 0 años), precio mensual con la bonificación (atención socioeducativa + comedor): 55,78 € de 0,5 a 0,6 IPREM; 83,67 € de 0,6 a 0,75; 111,55 € de 0,75 a 0,9; 139,44 € de 0,9 a 1; 167,31 € de 1 a 1,1; 195,22 € de 1,1 a 1,2; 223,12 € de 1,2 a 1,3; 237,04 € de 1,3 a 1,4; 250,99 € de 1,4 a 1,5, y 278,89 € por encima de 1,5 IPREM (12.600,01 € por persona).
- Segundo y tercer curso (niños de 1 y 2 años): el cuadro oficial no incluye cuota por la atención socioeducativa; se pagan, según la renta, el aula matinal y el aula de tarde (23,91 € cada una) y el comedor (de 0 € a 92 €). Precio total máximo con todos los servicios: 139,82 € al mes; con la renta más baja, 23,91 € (solo se bonifica una de las dos aulas).
- Hermanos: la segunda plaza tiene un 30 % de bonificación sobre la cuota de la primera, la tercera un 60 % y la cuarta y siguientes son gratis.
- Crédito total de la convocatoria: 175.939.016,20 € (68,49 millones en 2026 y 107,45 millones en 2027). Es en concurrencia competitiva, no por orden de llegada.
- La ayuda no puede superar el coste del servicio.
Ejemplo: Ejemplo 1. Una familia de tres miembros (padre, madre y una niña de 8 meses) con unos ingresos de 2025 de 27.000 € tiene una renta per cápita de 9.000 € (entre 1 y 1,1 IPREM). Si la niña entra en septiembre de 2026 en una escuela infantil adherida de Sevilla y la familia presenta la solicitud antes del 31 de octubre de 2026, según el cuadro oficial pagaría 167,31 € al mes por la atención socioeducativa y el comedor, en lugar del precio completo. Si después entra un segundo hijo de 0 años, su plaza tendría un 30 % de descuento adicional. Ejemplo 2. Una madre sola con un hijo de 18 meses (familia monoparental) e ingresos de 2025 de 11.000 € tiene una renta per cápita de 5.500 € (por debajo de 0,75 IPREM, 6.299,99 €): según el cuadro oficial el comedor le saldría gratis y solo pagaría 23,91 € al mes si usa a la vez aula matinal y aula de tarde (se bonifica solo una de las dos).
Plazos
- 1.er plazo: del 7 de abril al 6 de mayo de 2026 (para quien participó en la reserva de plaza o en la admisión ordinaria).
- 2.º plazo: del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2026. Atención: el 31 de octubre de 2026 es sábado; por internet se puede presentar hasta ese día.
- 3.er plazo: del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026; 4.º: del 1 de enero al 28 de febrero de 2027; 5.º: del 1 de marzo al 30 de abril de 2027; 6.º: del 1 de mayo al 30 de junio de 2027. Los plazos 2.º a 6.º son para quien no formalizó matrícula en un centro adherido en el primero (incorporaciones a lo largo del curso).
- La ayuda se aplica desde la fecha de matrícula en los servicios; si te matriculaste antes de abrirse tu plazo, desde el primer día de ese plazo. Termina al acabar el curso o antes si hay baja o renuncia.
- Las solicitudes fuera de plazo se inadmiten. Hay que pedirla cada curso.
Requisitos principales
- Ser el padre, la madre o quien tenga la tutela o la guarda del niño o la niña.
- Menores de 3 años: haber cumplido 16 semanas (en el procedimiento ordinario, a 1 de septiembre del año en que se pide la plaza) y no cumplir 3 años antes del 31 de diciembre de ese año. Con autorización de la Delegación Territorial puede admitirse a menores de 16 semanas.
- Tener plaza (reserva, admisión o matrícula) en una escuela infantil o centro exclusivo de primer ciclo de educación infantil adherido al «Programa de ayuda a las familias» (de titularidad municipal o privada; la lista está en el Portal de Escolarización).
- Que todos los miembros de la unidad familiar de 16 años o más firmen en la solicitud la autorización para que la Agencia Tributaria envíe sus datos de renta: sin esa firma no se puede conceder la bonificación.
- La bonificación depende de la renta per cápita de la unidad familiar (progenitores o tutores y parientes hasta segundo grado que convivan en el domicilio) en relación con el IPREM: para el curso 2026-2027 se toma un IPREM de 8.400 € anuales (14 pagas) y la renta del ejercicio 2024 en el primer plazo y del ejercicio 2025 en los plazos siguientes.
- No se exige expresamente trabajar, aunque la situación laboral puntúa en la admisión. El empadronamiento del menor cuenta para la admisión según el domicilio.
Resumen orientativo. Los requisitos completos y sus excepciones están en la normativa y en la ficha oficial.
¿A quién puede interesar?
- Familias con hijos o menores a cargo
Es una ayuda de Andalucía: normalmente exige residir o estar empadronado allí. No podemos confirmar si cumples los requisitos: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.
Cómo solicitarla paso a paso
- Comprueba que la escuela infantil está adherida al programa en el Portal de Escolarización de la Junta (0 a 3 años).
- Consigue plaza en el centro y pide en el mismo centro la solicitud de ayuda, o descarga el anexo I.
- Presenta la solicitud en el centro o por internet en la Secretaría Virtual de la Consejería (con certificado digital, Cl@ve o iANDE) dentro del plazo que te toque.
- Asegúrate de que firman la autorización a Hacienda todos los mayores de 16 años de la familia.
- El centro graba la solicitud en el sistema Séneca en un máximo de 3 días hábiles tras el cierre del plazo.
- Consulta la resolución: en los plazos 2.º a 6.º se resuelve en un mes desde el cierre de cada plazo.
- Paga cada mes al centro solo la diferencia entre el precio y la bonificación concedida.
Documentación de esta convocatoria
- Solicitud en el modelo oficial (anexo I de la convocatoria), firmada, con la autorización de consulta a la Agencia Tributaria firmada por todos los mayores de 16 años de la unidad familiar.
- La documentación acreditativa de las circunstancias alegadas, salvo que ya la presentaras en el procedimiento de admisión. Tiene que estar vigente al cierre del plazo.
- Familia monoparental: copia completa del libro de familia o, si no existe, certificado literal de nacimiento del niño y, en su caso, certificado de defunción del otro progenitor. Si una sentencia da la custodia exclusiva a un progenitor, no cuenta como monoparental.
- Si la Agencia Tributaria no tiene tus datos de renta, tendrás que aportar los justificantes cuando te los pida la dirección del centro.
- Situaciones de gratuidad (riesgo sociofamiliar, víctimas de violencia de género o de terrorismo): la acreditación que indique el centro; la convocatoria no publica una lista cerrada.
Resumen basado en la ficha oficial consultada. La administración puede solicitar documentos adicionales según el caso.
Resolución y pago
Resolución: Instruye y resuelve la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación. Plazo máximo: 3 meses en el primer procedimiento (desde el día siguiente al fin de la admisión ordinaria) y 1 mes en los demás (desde el cierre de cada plazo). Si no hay resolución en plazo, la solicitud se entiende desestimada (silencio negativo). La convocatoria no regula notificación individual: los efectos se producen con la publicación.
Pago: No se cobra en la cuenta de la familia: al pedirla cedes el cobro al centro donde está matriculado el niño, que recibe la ayuda de la Junta. Tú pagas al centro cada mes solo la diferencia entre el precio y la bonificación.
Compatibilidades e incompatibilidades
- Según las bases (Decreto-ley 1/2017, base sexta), es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, de cualquier administración o entidad.
- La suma de ayudas no puede superar el coste del servicio.
- Compatible con la deducción estatal por maternidad por gastos de guardería, si cumples sus requisitos (en ese caso solo se deduce lo que pagas tú).
Obligaciones si te la conceden
- Que el niño o la niña asista al centro donde está matriculado.
- Comunicar cuanto antes otras ayudas que financien el mismo servicio y cualquier cambio de las condiciones que se tuvieron en cuenta.
- Comunicar, a través del centro, los cambios de domicilio o de correo electrónico.
- Someterse a las comprobaciones de la Junta y de la Intervención General, y devolver lo cobrado en los supuestos de reintegro.
Si te la deniegan o te piden devolverla
La resolución agota la vía administrativa: cabe recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación (1 mes) o recurso contencioso-administrativo directamente (2 meses). Confirma los plazos en el pie de recurso de la resolución.
Modelos de escritos: alegaciones, recurso y reclamación previa
Normativa y enlaces oficiales
- Resolución de 30 de marzo de 2026, convocatoria de ayudas a las familias para el curso 2026/2027 (BOJA nº 64, de 6 de abril de 2026)
- Extracto de la convocatoria (BOJA nº 64, de 6 de abril de 2026)
- Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, bases reguladoras del programa (BOJA extraordinario nº 1, de 29 de marzo de 2017)
- Orden de 11 de marzo de 2025, procedimientos de admisión en el primer ciclo de educación infantil (BOJA nº 51, de 17 de marzo de 2025)
- Ayuda a las familias 0-3, curso 2026/27: plazos y cuadros de bonificaciones (Junta de Andalucía)
- Programa de ayudas a las familias y modelo de solicitud
- Preguntas frecuentes de 0 a 3 años
Consejos útiles
- Si tu hijo empezó en septiembre u octubre y aún no la has pedido, preséntala antes del 31 de octubre de 2026: la ayuda se aplica desde el primer día del plazo.
- Comprueba que firman la autorización a Hacienda todos los mayores de 16 años que viven contigo: es el fallo más habitual.
- Si tu renta es baja o eres familia monoparental, aporta la documentación: puedes llegar a la gratuidad total.
- Pregunta en el centro qué servicios usas (aula matinal, comedor, aula de tarde): la bonificación se calcula por servicio.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Presentarla fuera de plazo: se inadmite sin más.
- Elegir un centro no adherido al programa: no tiene bonificación.
- Pensar que vale para el curso siguiente: hay que pedirla cada curso.
- No comunicar la baja del niño en el centro.
Antes de enviar la solicitud
- Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
- Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
- Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
- Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede pedir?
El segundo plazo del curso 2026-2027 termina el 31 de octubre de 2026. Después hay plazos del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026 y cada dos meses hasta el 30 de junio de 2027.
¿Es gratis la escuela infantil en Andalucía?
Es gratis para rentas per cápita de hasta 0,5 IPREM (4.199,99 €), familias monoparentales de hasta 0,75 IPREM y situaciones de especial vulnerabilidad. En 1 y 2 años el cuadro oficial no incluye cuota por la atención socioeducativa; se pagan, según renta, el comedor y las aulas matinal y de tarde.
¿Me ingresan el dinero a mí?
No. La Junta paga la bonificación al centro y tú pagas solo la diferencia.
¿Qué renta cuenta?
La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2024 en el primer plazo y del 2025 en los demás, comparada con un IPREM de 8.400 € anuales.
¿Vale en cualquier guardería?
Solo en escuelas infantiles de la Junta y en centros de primer ciclo adheridos al programa. Consulta la lista en el Portal de Escolarización.
¿Hay descuento por hermanos?
Sí: 30 % en la segunda plaza, 60 % en la tercera y gratis desde la cuarta.
¿Quién puede pedir Ayudas de la Junta de Andalucía para escuelas infantiles de 0 a 3 años 2026-2027?
Podría interesar a familias con hijos o menores a cargo. Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija la Junta de Andalucía. Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.
¿Dónde se solicita?
En los canales oficiales de la Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente: la solicitud oficial es gratuita y se presenta siempre ante el organismo.
¿Está abierto el plazo?
A fecha de 29 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». Plazo indicado: Seis plazos en el curso 2026-2027: 7 de abril a 6 de mayo de 2026; 1 de septiembre a 31 de octubre de 2026; 1 de noviembre a 31 de diciembre de 2026; 1 de enero a 28 de febrero de 2027; 1 de marzo a 30 de abril de 2027, y 1 de mayo a 30 de junio de 2027. Fuera de plazo se inadmite.. La información se revisó el 29 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.
¿Qué documentos necesito?
Suelen pedirse, entre otros: dni o nie de la persona solicitante y, si se pide, de quienes conviven; libro de familia o documento que acredite la filiación o la convivencia; certificado de empadronamiento, individual o colectivo, si la ayuda lo exige. La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.