Ayudas a la rehabilitación energética de viviendas de Castilla-La Mancha 2026
Subvenciones FEDER de la Junta de Castilla-La Mancha (convocatoria 2026, 50 millones de euros) para rehabilitar energéticamente edificios residenciales terminados antes de 2006: envolvente (aislamiento, ventanas), renovables en edificios colectivos (biomasa, aerotermia, geotermia, solar) y rehabilitación integral.
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- Estado
- Plazo abierto
- Plazo
- Del 27 de octubre (desde las 9:00 h) al 30 de noviembre de 2026, o hasta agotar el crédito de cada línea. Solo por vía electrónica en la sede de la Junta.
- Ámbito
- Castilla-La Mancha
- Tipo
- Subvención
- Organismo
- La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
- Fecha editorial
- 29 de octubre de 2026
¿Qué es?
Subvenciones FEDER de la Junta de Castilla-La Mancha (convocatoria 2026, 50 millones de euros) para rehabilitar energéticamente edificios residenciales terminados antes de 2006: envolvente (aislamiento, ventanas), renovables en edificios colectivos (biomasa, aerotermia, geotermia, solar) y rehabilitación integral. El coste subvencionable debe ser de al menos 200.000 € por actuación, salvo viviendas unifamiliares que cumplan la línea 3, por lo que está pensada sobre todo para comunidades de propietarios. Cubre entre el 60 % y el 80 % del coste con topes por vivienda (hasta el 100 % en vulnerabilidad económica y un 20 % más en zonas despobladas). Las obras deben empezar después de registrar la solicitud. Se concede por orden de presentación hasta el 30 de noviembre de 2026 o hasta agotar fondos.
Esta ficha resume la información pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.
¿Cuánto se cobra?
- Crédito total de la convocatoria: 50 millones de euros del FEDER (línea 1: 34,8 M€; línea 2: 9,85 M€; línea 3: 5,35 M€), según la nota oficial de la Junta.
- Una sola línea: entre el 60 % y el 70 % del coste subvencionable, con estos topes por vivienda. Línea 1: 12.600 € (ahorro del 40 % al 50 %) o 16.200 € (ahorro del 50 % o más). Biomasa: 3.600 € (rendimiento menor del 90 %) o 4.200 € (90 % o más). Aerotermia/geotermia: 3.600 € (ahorro menor del 50 %) o 4.500 €. Solar: 630 €/kW (eficiencia menor del 65 %) o 840 €/kW. Línea 3: 40.320 € (ahorro menor del 75 %) o 47.040 € (75 % o más).
- Varias líneas a la vez: entre el 70 % y el 80 % del coste, con topes por vivienda. Línea 1: 17.400 € o 24.600 €. Biomasa: 5.160 € o 6.000 €. Aerotermia/geotermia: 4.800 € o 6.000 €. Solar: 840 €/kW o 1.122 €/kW.
- Vulnerabilidad económica: entre el 70 % y el 100 % del coste, con topes por vivienda. Línea 1: 15.180 € o 20.250 €. Línea 3: 51.360 € o 58.800 €. Varias líneas: 21.000 € o 29.400 €. La web oficial no detalla los umbrales de ingresos; se acredita con los anexos VIII y IX.
- En municipios de zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, el porcentaje y la cuantía máximos por vivienda suben un 20 %.
- Se pueden subvencionar la obra, los equipos e instalaciones (líneas 2 y 3), el proyecto, la dirección de obra, la coordinación de seguridad y salud, informes, certificados y gastos de solicitud, y el IVA si no es recuperable.
- No se subvencionan: ampliar superficie o volumen, generadores térmicos de combustible fósil, ni licencias, tasas o impuestos.
Ejemplo: Una comunidad de 20 viviendas, todas domicilio habitual, rehabilita la fachada y la cubierta (línea 1) por 400.000 € (20.000 € por vivienda) y consigue un ahorro del 45 %. Supera el mínimo de 200.000 €. El tope es de 12.600 € por vivienda y la ayuda no puede pasar del porcentaje aplicable: con un 60 %, serían 12.000 € por vivienda, unos 240.000 € en total. Si el pueblo está en zona despoblada, porcentaje y tope suben un 20 %. Es un cálculo orientativo: el importe final lo fija la resolución.
Plazos
- Solicitudes: del 27 de octubre de 2026 (desde las 9:00 h) al 30 de noviembre de 2026.
- Se resuelve por orden de fecha, hora y número de registro, siempre que la solicitud esté completa, hasta agotar el crédito de cada línea o sublínea: el plazo puede acabar antes.
- Aceptación de la ayuda: 15 días naturales desde la notificación de la concesión (anexo X). Si no aceptas, la resolución queda sin efecto.
- Petición del pago: como máximo 3 meses desde que termina el plazo para cumplir las obligaciones (anexo XI).
- La web oficial no indica el plazo de ejecución de las obras: consúltalo en la resolución de convocatoria.
Requisitos principales
- Pueden pedirla personas físicas, personas jurídicas, cooperativas, comunidades o agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios de edificios que no desarrollen actividad empresarial.
- El edificio debe estar en Castilla-La Mancha y haberse terminado antes de 2006.
- Coste total subvencionable igual o superior a 200.000 €. Este mínimo no se aplica a la rehabilitación de viviendas unifamiliares que cumplan los requisitos de la línea 3.
- Las obras no pueden empezar antes de la fecha de registro de la solicitud.
- Hace falta un proyecto que incluya el libro del edificio existente para la rehabilitación, y acreditar su archivo electrónico en el Registro de la Propiedad.
- Las actuaciones deben favorecer la circularidad (aprovechamiento de residuos y materiales).
- En edificios colectivos, al menos el 50 % de la superficie construida sobre rasante debe ser de uso residencial de vivienda. La ayuda se reparte por coeficiente de propiedad (o por superficie útil) entre las viviendas que sean domicilio habitual y permanente de sus ocupantes.
- Línea 1 (envolvente): reducir al menos un 40 % el consumo de energía primaria no renovable.
- Línea 2 (renovables, solo edificios residenciales colectivos): biomasa; aerotermia o geotermia con coeficiente de eficiencia estacional de 3,0 o más; o solar fotovoltaica, térmica o híbrida, con un máximo subvencionable de 3 kW por vivienda.
- Línea 3 (rehabilitación integral de edificios colectivos y viviendas unifamiliares de consumo energético mínimo): cumplir las transmitancias máximas exigidas, o alcanzar una calificación energética B/B o superior en demanda de calefacción y refrigeración.
Resumen orientativo. Los requisitos completos y sus excepciones están en la normativa y en la ficha oficial.
¿A quién puede interesar?
Es una ayuda de Castilla-La Mancha: normalmente exige residir o estar empadronado allí. No podemos confirmar si cumples los requisitos: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.
Cómo solicitarla paso a paso
- Comprueba que el edificio es anterior a 2006 y que la actuación llega a 200.000 € de coste subvencionable (salvo unifamiliar en línea 3). El visor gratuito SIMRE ayuda a estimar el potencial de mejora.
- Encarga el proyecto y el libro del edificio existente a un técnico, y aprueba la actuación en junta si sois comunidad.
- Descarga la herramienta de solicitud (Excel de escritorio 2010 o posterior; no funciona en Excel en línea y en Mac no generan los anexos de Word) y rellena los anexos.
- Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede de la Junta (botón «Solicita tu ayuda» de la web de Vivienda). Necesitas identificación electrónica (certificado digital o Cl@ve). La solicitud es gratuita.
- Si lo necesitas, pide en la misma solicitud el anticipo de hasta el 25 % de la ayuda.
- No empieces las obras antes de registrar la solicitud. Cuando te notifiquen la concesión, acéptala en 15 días naturales con el anexo X.
- Al terminar, justifica con los anexos de abono a través del representante del expediente.
- Dudas: [email protected] o Dirección General de Vivienda (925 28 68 72).
Documentación de esta convocatoria
- Solicitud electrónica en la sede de la Junta (se puede preparar con la herramienta Excel oficial, que genera los anexos).
- Anexo II: acuerdo de la comunidad de propietarios (si pide una comunidad).
- Anexo III: acuerdo de copropietarios (si el edificio es de varios propietarios sin comunidad constituida).
- Anexo IV: declaraciones responsables.
- Anexo V: DACI (declaración de ausencia de conflicto de intereses).
- Anexo VI: memoria de la actuación.
- Anexo VII: declaración responsable DNSH / climate proofing (no causar daño significativo al medio ambiente).
- Anexos VIII y IX: declaraciones de ingresos y de vulnerabilidad, solo si pides la ayuda por vulnerabilidad económica.
- Anexo XV: libro del edificio existente para la rehabilitación, junto con el proyecto.
- Anexo XVI: declaración responsable del uso de la vivienda; anexo XVII: listado de viviendas habitadas del inmueble.
- Para cobrar: anexo XI (justificación), XII (memoria económica), XIII (memoria de actuación), VII-bis (cuestionario DNSH) y, si procede, XIV.
Resumen basado en la ficha oficial consultada. La administración puede solicitar documentos adicionales según el caso.
Resolución y pago
Resolución: La web oficial no indica el plazo máximo de resolución ni el sentido del silencio administrativo: consúltalos en la resolución de convocatoria de 6 de octubre de 2026 (DOCM de 13 de octubre de 2026). La concesión debe aceptarse expresamente en 15 días naturales.
Pago: Puedes pedir al presentar la solicitud un anticipo de hasta el 25 % de la ayuda reconocida. El resto se paga tras justificar la actuación; la petición de abono (anexo XI) se presenta como máximo 3 meses después de terminar el plazo de cumplimiento de obligaciones.
Obligaciones si te la conceden
- No empezar las obras antes de registrar la solicitud.
- Aceptar expresamente la ayuda en 15 días naturales desde la notificación.
- Cumplir el ahorro energético o la calificación exigidos en tu línea y justificarlo con la documentación de abono.
- Respetar el principio de no causar daño significativo al medio ambiente (DNSH) y cumplir las obligaciones de publicidad y control de los fondos FEDER.
Normativa y enlaces oficiales
- Orden 16/2025, de 4 de febrero, de la Consejería de Fomento: bases reguladoras (DOCM 11/02/2025)
- Orden 97/2025, de 17 de junio, que modifica las bases (DOCM 26/06/2025)
- Orden 110/2026, de 16 de julio, que modifica las bases (DOCM 23/07/2026)
- Resolución de 06/10/2026 de la Dirección General de Vivienda: convocatoria 2026 (DOCM 13/10/2026)
- Ficha oficial de la convocatoria 2026 (Vivienda Castilla-La Mancha)
- Presentar la solicitud en la sede electrónica de la Junta
- Herramienta de solicitud (Excel)
- Nota oficial de la Junta sobre la convocatoria (6 de octubre de 2026)
- SIMRE: visor gratuito del potencial de rehabilitación energética
Consejos útiles
- Presenta la solicitud completa cuanto antes: se concede por orden de registro y solo cuenta la fecha de una solicitud completa.
- Si vives en una vivienda unifamiliar, solo encaja si cumples la línea 3 (rehabilitación integral de consumo mínimo); las demás líneas exigen 200.000 € de coste o son para edificios colectivos.
- Comprueba si tu municipio está en zona escasamente poblada o en riesgo de despoblación: sube un 20 % el máximo.
- Usa Excel de escritorio en Windows para la herramienta de solicitud y abre antes las plantillas de Word para habilitar la edición.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Empezar las obras antes de registrar la solicitud: hace perder la ayuda.
- Pensar que sirve para cambiar unas ventanas en un piso: el coste mínimo es de 200.000 € por actuación (salvo unifamiliares en línea 3).
- Olvidar aceptar la concesión en 15 días naturales: la resolución queda sin efecto.
- Instalar calderas de gas o gasóleo: los generadores de combustible fósil no son subvencionables.
Antes de enviar la solicitud
- Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
- Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
- Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
- Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirla para mi piso yo solo?
En la práctica, no suele encajar: el coste mínimo es de 200.000 € y en edificios colectivos actúa la comunidad o los copropietarios. La ayuda se reparte después entre las viviendas que son domicilio habitual.
¿Y para una casa unifamiliar?
Sí, si cumples los requisitos de la línea 3 (transmitancias máximas o calificación B/B o mejor). En ese caso no se exige el mínimo de 200.000 €.
¿Mi edificio es de 2008, puedo pedirla?
No. El edificio debe estar terminado antes de 2006.
¿Hasta cuándo puedo presentarla?
Hasta el 30 de noviembre de 2026, salvo que antes se agote el crédito de tu línea.
¿Me pueden adelantar dinero?
Sí, puedes pedir en la solicitud un anticipo de hasta el 25 % de la ayuda reconocida.
¿Quién puede pedir Ayudas a la rehabilitación energética de viviendas de Castilla-La Mancha 2026?
Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.
¿Dónde se solicita?
En los canales oficiales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (vivienda.castillalamancha.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente: la solicitud oficial es gratuita y se presenta siempre ante el organismo.
¿Está abierto el plazo?
A fecha de 29 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». Plazo indicado: Del 27 de octubre (desde las 9:00 h) al 30 de noviembre de 2026, o hasta agotar el crédito de cada línea. Solo por vía electrónica en la sede de la Junta.. La información se revisó el 29 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.
¿Qué documentos necesito?
Suelen pedirse, entre otros: dni o nie de las personas que viven en la casa; contrato de alquiler a tu nombre; justificantes de pago del alquiler (transferencias o recibos). La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.