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Ayuda de Galicia a menores de 36 años para comprar vivienda en pueblos 2026

La Xunta subvenciona el 20 % del precio de compra o del coste de autopromoción de una vivienda, con un máximo de 15.000 €, a menores de 36 años.

✓ Verificación documental registrada el . Consulta siempre la fuente oficial antes de solicitar.

Estado
Plazo abierto
Plazo
Solicitudes desde las 09:00 del 27 de agosto de 2026 hasta las 14:00 del 16 de noviembre de 2026. Puede cerrarse antes si se agota el crédito; ese cierre se publicaría en el DOG.
Ámbito
Galicia
Tipo
Subvención
Organismo
La Xunta de Galicia
Fecha editorial
4 de noviembre de 2026

¿Qué es?

La Xunta subvenciona el 20 % del precio de compra o del coste de autopromoción de una vivienda, con un máximo de 15.000 €, a menores de 36 años. La vivienda debe estar en un ayuntamiento gallego de 10.000 habitantes o menos y no superar los 250.000 €. Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden pasar de 37.800 € al año (42.000 € o 46.200 € si hay discapacidad). El crédito es de 2,3 millones de euros y desde el 16 de octubre entran también las compras firmadas desde el 16 de octubre de 2025. La solicitud es solo electrónica. Aviso: esta ficha se ha hecho con la información de la web oficial, sin haber podido contrastarla aún con las bases publicadas en el DOG del 19 de agosto de 2026. Confirma los datos antes de pedirla.

Esta ficha resume la información pública de la Xunta de Galicia en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.

¿Cuánto se cobra?

  • 20 % del precio de compra o del coste de autopromoción, sin gastos ni tributos.
  • Máximo de 15.000 € por vivienda, en las dos modalidades.
  • La compra a 75.000 € o más ya alcanza el tope de 15.000 € (20 % de 75.000 €).
  • Crédito total: 2.300.000 € (2.000.000 € iniciales más 300.000 € de ampliación con fondos propios de la Xunta).
  • Concurrencia no competitiva. La convocatoria puede cerrarse antes del 16 de noviembre si se agota el crédito, así que no conviene esperar al último día.

Ejemplo: Marta, de 32 años, firma el 10 de noviembre de 2025 la compra de un piso de 60.000 € en un ayuntamiento de 6.000 habitantes. Su unidad de convivencia ingresa 30.000 € al año, por debajo del límite de 37.800 €. Si cumple los demás requisitos, podría pedir el 20 %: 12.000 €. Segundo caso: Iago, de 34 años, autopromueve una casa con un coste de 110.000 €, sin suelo, gastos ni tributos. Inició la obra en febrero de 2026 y ya está terminada. El 20 % serían 22.000 €, pero el tope la deja en 15.000 €.

Plazos

  • Plazo general: del 27 de agosto de 2026 a las 09:00 al 16 de noviembre de 2026 a las 14:00.
  • Cierre anticipado: si se agota el crédito, antes de esa fecha. Se publicaría en el DOG.
  • Compras entre el 16 de octubre y el 31 de diciembre de 2025: quedaron fuera de la convocatoria de 2025, que cerró el 15 de octubre de 2025. La resolución del 13 de octubre de 2026 las incluye, con fondos propios de la Xunta.
  • Esa modificación no abre un plazo nuevo: las solicitudes siguen terminando el 16 de noviembre.
  • Autopromoción: la obra debe estar acabada el día que presentas la solicitud.
  • Plazo para resolver: un mes.

Requisitos principales

  • Persona física mayor de edad y menor de 36 años al solicitar. En la compra, también al firmar el contrato privado o la escritura si se firmó antes de publicarse la convocatoria.
  • Nacionalidad española, de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza, o parentesco previsto en la normativa. Las personas extranjeras no comunitarias necesitan autorización de estancia o residencia en España.
  • Ingresos anuales de la unidad de convivencia de hasta 4,5 veces el IPREM de 2026 (37.800 €).
  • Hasta 5 veces el IPREM (42.000 €) si alguien de la unidad tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
  • Hasta 5,5 veces el IPREM (46.200 €) si alguien de la unidad tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.
  • Ni quien solicita ni su unidad de convivencia pueden ser propietarios o usufructuarios de otra vivienda en España.
  • Excepciones a lo anterior: no poder usar la vivienda por separación o divorcio, no poder habitarla por causas ajenas a tu voluntad, o que sea inaccesible por discapacidad. Una parte de una vivienda heredada sin testamento no cuenta como propiedad.
  • Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y no tener deudas con la Xunta.
  • Vivienda en un ayuntamiento gallego con población igual o inferior a 10.000 habitantes. La página oficial remite a las cifras del padrón del Instituto Galego de Estatística.
  • Máximo de dos personas compradoras o autopromotoras por vivienda.
  • Compra: precio máximo de 250.000 €, sin gastos ni tributos. Vivienda nueva o usada, ya construida al solicitar.
  • Compra: contrato privado o escritura firmados a partir del 16 de octubre de 2025 (DOG del 16 de octubre de 2026).
  • Compra: empadronamiento de quien solicita y de su unidad de convivencia en la vivienda.
  • Autopromoción: ser propietario o usufructuario de la parcela o solar.
  • Autopromoción: coste máximo de 250.000 €, sin gastos, tributos ni valor del suelo. Obras iniciadas a partir del 1 de enero de 2026 y terminadas al presentar la solicitud. Deben cumplir el anexo I del Real Decreto 326/2026.
  • Residencia habitual y permanente durante al menos 5 años desde la compra o desde el fin de la obra. En autopromoción, ocuparla en un máximo de 3 meses desde el final de la obra.

Resumen orientativo. Los requisitos completos y sus excepciones están en la normativa y en la ficha oficial.

¿A quién puede interesar?

Es una ayuda de Galicia: normalmente exige residir o estar empadronado allí. No podemos confirmar si cumples los requisitos: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Comprueba que tu ayuntamiento tiene 10.000 habitantes o menos en el padrón.
  2. Calcula los ingresos de tu unidad de convivencia frente al límite que te aplique.
  3. Reúne el contrato o la escritura, o la documentación de la obra si es autopromoción.
  4. Entra en la sede electrónica de la Xunta, procedimiento VI501B, con certificado digital o Chave365. La presentación electrónica es obligatoria.
  5. Rellena el anexo I, añade los demás anexos y documentos y regístralo antes de las 14:00 del 16 de noviembre.
  6. Si lo presentas en papel, te requerirán subsanarlo por vía electrónica.
  7. Sigue el expediente en la Carpeta ciudadana, desde «Mi sede».
  8. Para dudas: IGVS, teléfono 981 541 982, [email protected], o el 012 (981 900 643, de lunes a viernes, de 08:00 a 20:00).

Documentación de esta convocatoria

  • Obligatorio: formulario normalizado (anexo I), indicando si eliges compra o autopromoción.
  • Si convives con más personas: anexo II, composición de la unidad de convivencia.
  • Si no estás obligado a hacer la renta: anexo III, declaración de ingresos, con certificados de retribuciones, pensiones y rendimientos del capital mobiliario.
  • Si actúa otra persona por ti: modelo de representación.
  • Compra: contrato privado de compraventa, o escritura pública si ya la tienes.
  • Compra: certificado de empadronamiento colectivo, si la escritura es anterior a la solicitud.
  • Autopromoción: titularidad de la parcela o solar si no consta en el catastro, licencia municipal y autorizaciones sectoriales.
  • Autopromoción: memoria de obras con relación clasificada de gastos, facturas y justificantes de pago, certificados de inicio y fin de obra, certificado de eficiencia energética y fotografías.
  • Si tienes otra vivienda y aplicas una excepción: convenio o sentencia de separación o divorcio, documentos de que no puedes habitarla, informe técnico de inaccesibilidad o documentos de la herencia, según el caso.
  • Certificado de discapacidad, si no lo expidió la Xunta.
  • Solo si te opones a la consulta: DNI o NIE, certificados de Hacienda, Seguridad Social y deudas con la Xunta, certificado de ingresos de la AEAT, certificados del catastro y datos de ayudas recibidas.
  • Si declaras la circunstancia, la Xunta también consulta permiso de residencia, prestaciones de la Seguridad Social, renta de inclusión de Galicia y prestaciones por desempleo. Si te opones, los aportas tú.

Resumen basado en la ficha oficial consultada. La administración puede solicitar documentos adicionales según el caso.

Resolución y pago

Resolución: Resuelve el Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS). Plazo máximo de un mes. Si no hay respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Pago: Forma y fecha de pago: no está publicado en la fuente oficial consultada. Están en las bases del DOG n.º 156, de 19 de agosto de 2026.

Compatibilidades e incompatibilidades

  • Compatibilidad con otras ayudas: no está publicado en la fuente oficial consultada. Pregunta al IGVS antes de sumar otra ayuda de compra.

Obligaciones si te la conceden

  • Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente durante al menos 5 años.
  • Mantener el empadronamiento en la vivienda de quien solicita y de su unidad de convivencia.
  • En autopromoción, ocupar la vivienda en un máximo de 3 meses desde el fin de la obra.
  • Consecuencias concretas de incumplir y reintegro: no está publicado en la fuente oficial consultada.

Si te la deniegan o te piden devolverla

Recurso que cabe y plazo: no está publicado en la fuente oficial consultada. Lo fijan las bases y la propia resolución que recibas.

Modelos de escritos: alegaciones, recurso y reclamación previa

Normativa y enlaces oficiales

Consejos útiles

  • Lee las bases publicadas en el DOG del 19 de agosto de 2026 antes de presentar nada: esta ficha todavía no se ha contrastado con ese texto completo.
  • Si compraste entre el 16 de octubre y el 31 de diciembre de 2025, revisa esta convocatoria: antes no entrabas y ahora podrías.
  • No esperes al 16 de noviembre: el crédito es limitado y la convocatoria puede cerrarse antes.
  • Saca ya la Chave365 si no tienes certificado digital; sin identificación electrónica no puedes presentar.
  • En autopromoción, reúne los certificados de obra y las facturas antes de abrir la solicitud: la obra debe estar terminada ese día.
  • Con un precio de 75.000 € o más ya llegas al tope de 15.000 €; un precio mayor no aumenta la ayuda.

Errores frecuentes que conviene evitar

  • Mirar solo el cuadro resumen antiguo, que pedía contratos desde el 1 de enero de 2026. Desde el 16 de octubre valen los firmados desde el 16 de octubre de 2025.
  • Pensar que la autopromoción vale con la obra a medias. Debe estar acabada al solicitar.
  • Contar el valor del suelo en el coste de autopromoción.
  • Olvidar que cuentan los ingresos de toda la unidad de convivencia, no solo los tuyos.
  • Presentarlo en papel: es obligatoria la vía electrónica.
  • Superar los 250.000 €: sin contar gastos ni tributos, ese es el límite de precio.

Antes de enviar la solicitud

  • Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
  • Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
  • Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
  • Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto podría recibir?

El 20 % del precio o del coste, sin gastos ni tributos, hasta 15.000 € por vivienda. Con una compra de 60.000 € serían 12.000 €.

¿Sirve si ya compré la vivienda?

Sí, si el contrato o la escritura son del 16 de octubre de 2025 en adelante y cumples el resto de requisitos.

¿Qué ingresos máximos se admiten?

37.800 € al año en la unidad de convivencia. Sube a 42.000 € con discapacidad del 33 % o más y a 46.200 € con discapacidad del 65 % o más.

¿Vale una vivienda usada?

Sí. La vivienda puede ser nueva o usada, pero debe estar construida al solicitar y costar como máximo 250.000 €.

¿Cuántas personas pueden comprar?

Como máximo dos personas compradoras o autopromotoras por vivienda.

¿Y si tengo parte de una vivienda heredada?

Una parte heredada sin testamento no cuenta como propiedad. Tendrás que aportar los documentos que lo acrediten.

¿Cuánto tardan en responder?

El plazo máximo es de un mes. Si no contestan, se entiende desestimada.

¿Cuántos años debo vivir en ella?

Al menos 5 años como residencia habitual y permanente.

¿Quién puede pedir Ayuda de Galicia a menores de 36 años para comprar vivienda en pueblos 2026?

Los requisitos de acceso dependen del tipo de solicitante y de las bases de cada convocatoria. Consulta el apartado de requisitos de esta ficha y la fuente oficial de la Xunta de Galicia antes de presentar una solicitud.

¿Dónde se solicita?

En los canales oficiales de la Xunta de Galicia (igvs.xunta.gal). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente: la solicitud oficial es gratuita y se presenta siempre ante el organismo.

¿Está abierto el plazo?

A fecha de 4 de noviembre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». Plazo indicado: Solicitudes desde las 09:00 del 27 de agosto de 2026 hasta las 14:00 del 16 de noviembre de 2026. Puede cerrarse antes si se agota el crédito; ese cierre se publicaría en el DOG.. La información se revisó el 4 de noviembre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.

¿Qué documentos necesito?

Esta ficha recoge: obligatorio: formulario normalizado (anexo i), indicando si eliges compra o autopromoción.; si convives con más personas: anexo ii, composición de la unidad de convivencia.; si no estás obligado a hacer la renta: anexo iii, declaración de ingresos, con certificados de retribuciones, pensiones y rendimientos del capital mobiliario.. Consulta la documentación específica exigida por el organismo convocante; no todos los trámites requieren los mismos justificantes.

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