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Bonificaciones en la Seguridad Social por contratar

Las empresas y autónomos que contratan a determinadas personas pagan menos cotizaciones a la Seguridad Social: por ejemplo, personas desempleadas de larga duración, con discapacidad, víctimas de violencia de género, en riesgo de exclusión social (128 € al mes en contratos indefinidos) o contratos formativos.

✓ Información revisada el con la fuente oficial. Las condiciones pueden cambiar: confírmalas antes de solicitar.

Estado
Plazo abierto
Plazo
Consulta la convocatoria oficial
Ámbito
Toda España
Tipo
Subvención
Organismo
El organismo convocante (publicado en el BOE)
Última revisión
26 de octubre de 2026

¿Qué es?

Las empresas y autónomos que contratan a determinadas personas pagan menos cotizaciones a la Seguridad Social: por ejemplo, personas desempleadas de larga duración, con discapacidad, víctimas de violencia de género, en riesgo de exclusión social (128 € al mes en contratos indefinidos) o contratos formativos. Las regula el Real Decreto-ley 1/2023 y se aplican al dar de alta el contrato.

Esta ficha resume la información pública de el organismo convocante (publicado en el BOE) en lenguaje claro y enlaza siempre a la página oficial, que es la que tiene validez.

¿A quién puede interesar?

  • Trabajadores autónomos y personas que emprenden

Es una ayuda de ámbito estatal: se puede pedir viviendo en cualquier comunidad autónoma si se cumplen los requisitos. No podemos confirmar si te corresponde: lo decide la administración con los requisitos de la convocatoria.

Cómo solicitarla paso a paso

  1. Abre la fuente oficial de el organismo convocante (publicado en el BOE) y comprueba que la información sigue vigente.
  2. Lee la convocatoria: requisitos, cuantía, plazo y si se reparte por orden de llegada o por puntuación.
  3. Prepara los documentos en PDF y comprueba que tienes acceso a la sede (Cl@ve, certificado o DNIe).
  4. Presenta la solicitud dentro del plazo en la sede electrónica indicada.
  5. Firma la solicitud, descarga el justificante de registro y guárdalo junto a tus documentos.
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Documentación que suelen pedir

  • DNI o NIE y certificado digital
  • Alta en Hacienda (modelo 036 o 037) y en el RETA
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Declaración de ayudas de minimis recibidas
  • Plan de empresa o presupuesto del proyecto, si se pide

Lista orientativa. Prepara solo lo que pida la convocatoria o la ficha oficial.

Consejos útiles

  • Pregunta a tu gestoría antes de contratar: la bonificación depende de la persona contratada y del tipo de contrato.
  • Muchas bonificaciones obligan a mantener el empleo un tiempo mínimo; si no, hay que devolverlas.
  • Antes de darte de alta como autónomo, revisa si te conviene capitalizar el paro o compatibilizarlo: después ya no se puede elegir.

Antes de enviar la solicitud

  • Comprueba que el plazo sigue abierto en la fuente oficial.
  • Revisa si es compatible con otras ayudas que ya cobras.
  • Ten lista tu identificación digital (Cl@ve, certificado o DNIe) si vas a tramitar online.
  • Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir Bonificaciones en la Seguridad Social por contratar?

Podría interesar a trabajadores autónomos y personas que emprenden. Los requisitos exactos (ingresos, edad, residencia, cotización…) los fija el organismo convocante (publicado en el BOE). Compruébalos siempre en la fuente oficial antes de solicitarla.

¿Dónde se solicita?

En los canales oficiales de el organismo convocante (publicado en el BOE) (boe.es). La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no tramita solicitudes.

¿Está abierto el plazo?

A fecha de 26 de octubre de 2026, el estado que figura en nuestra ficha es «plazo abierto». La información se revisó el 26 de octubre de 2026; confirma el plazo vigente en la fuente oficial.

¿Qué documentos necesito?

Suelen pedirse, entre otros: dni o nie y certificado digital; alta en hacienda (modelo 036 o 037) y en el reta; certificados de estar al corriente con hacienda y la seguridad social. La lista exacta está en la convocatoria o en la ficha oficial.

La Guía de las Ayudas es una web informativa independiente y no pertenece a ninguna administración. Esta ficha no garantiza el derecho a la ayuda.